lunes, 24 de septiembre de 2018

EL COMPONENTE ECONÓMICO EN LA NUEVA CARTA MAGNA CUBANA

Para el funcionamiento oportuno de un país se hace necesario que exista una constitución que rija la vida económica, política y social de una nación, estatuto que también es considerado como la ley fundamental sobre la que se ratifica un estado determinado con toda su plataforma económica y jurídica. 
Una constitución con perspectiva de derechos debe diseñarse para otorgarle jurisdicciones a los servidores públicos para respetar, resguardar, promover y avalar los derechos esenciales de los residentes de un país. La significación y relevancia de la constitución se sustenta en que asegura el orden, la paz y la tranquilidad ciudadana. 
La primera constitución moderna de la que la humanidad tiene conocimiento fue la rubricada y aprobada en 1787 en Estados Unidos. La primera constitución en América Latina fue la promulgada por Cristóbal Mendoza y firmada en Caracas en el año 1811. 
El periodo constitucional cubano inicia en 1812, como consecuencia de la ordenación constitucional de todas las colonias del imperio español, organización que fue aprovechada por Joaquín Infante quien comenzó el Proyecto de Constitución, elaborando un proyecto de bandera nacional y la primera constitución republicana de la isla. Con posterioridad se elaboró una Constitución Autonómica. Narciso López redactó una constitución en 1850, documento que fue considerado por el propio Narciso como instrumento provisional. Luego de que en 1834 la Constitución de Cádiz suplantó el Estatuto Real, fue elaborada una Constitución Autónoma. 
Con posterioridad y debido a un proceso nacionalista, en la isla comenzaron las aspiraciones independentistas por lo que fueron y vinieron diferentes Constituciones Mambisas o Constituciones de la República en Armas, entre ellas las Constituciones de Guáimaro, Baraguá, Jimaguayú y de la Yaya. Cuando Cuba es declarada como república, se elaboraron varias constituciones las que tenían un nulo o poco contenido económico, finalizando con la constitución de 1976 aún vigente en Cuba. A lo largo de cuarenta años a dicha constitución se le han realizado tres reformas, en los años 1978, 1992 y 2002. 
El VI congreso del Partido Comunista de Cuba (PCC), celebrado en el año 2011, adoptó una serie de disposiciones, las que trascendieron de manera directa en lo establecido en la constitución. La actualización del modelo económico que emergió del congreso de los comunistas cubanos también tuvo incidencias en los aspectos económicos y jurídicos. 
Al respecto el entonces presidente y aún primer secretario del PCC, general Raúl Castro
Ruz expresó que en, concordancia con los acuerdos del VI Congreso, será preciso armonizar los postulados de la Constitución de la República con los cambios asociados a la paulatina implementación de los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución. 
Entre las modificaciones que nos proponemos introducir a la Constitución se encuentra la de limitar a un máximo de dos periodos consecutivos de cinco años el desempeño de los principales cargos del Estado y del Gobierno y establecer edades máximas para ocupar esas responsabilidades. 
Al propio tiempo, no resulta saludable estar reformando continuamente la Carta Magna de la Nación y comoquiera que efectuar una reforma constitucional nos tomará necesariamente un tiempo prudencial, ya que si bien algunas cuestiones pueden modificarse por el propio Parlamento, otras más importantes requieren además la ratificación por el voto favorable de la mayoría de los ciudadanos en referendo…. 
Atendiendo a estos planteamientos, el presidente cubano Miguel Diaz-Canel Bermúdez nombró una comisión para hacer una revisión exhaustiva de la constitución y realizar una nueva propuesta constitucional, de la revisión resultó el Proyecto de Constitución de la República de Cuba, el que se llevó a consulta con el pueblo, proceso para el cual a partir del pasado día 13 del presente mes se desarrollaron cientos de reuniones, las que se extenderán hasta el próximo 15 de noviembre. 
Un número significativo de los planteamientos han estado dirigidas al componente económico con la intención de introducirle al texto mayor integralidad económica, contable y financiera de igual forma se han hecho propuestas, transformaciones y exclusiones de este tema. Los análisis del tema se han centrado en lo promulgado en el título II, congruente con los Fundamentos Económicos en su primer artículo, el número 20, de dicho postulado se deriva que la Empresa Estatal Socialista seguirá siendo el elemento más significativo de la economía nacional, puesto que este es el elemento distintivo del sistema productivo cubano y la vez el mayor creador de bienes y servicios para el pueblo. 
El proyecto de constitución también reconoce a la cooperativa (en todas sus modalidades) como una forma fundamental de propiedad, debido a la responsabilidad que tienen, esta forma organizativa, en la producción de bienes y servicios en la sociedad. 
El artículo 31 del proyecto, dirigido al papel del trabajo en la sociedad del cual emerge la principal fuente de sustento del pueblo trabajador, no debe estar enfocado como un deber sino como una obligación para la población laboralmente activa, y así continuar eliminando la vagancia, un fenómeno que aún la sociedad cubana no termina de excluir totalmente. 
Los bajos salarios continúa siendo uno de los principales problemas de la sociedad en general, problemática que no va a resolver la carta magna, y en la mayoría de los casos estos no están acorde con los precios de los productos de primera necesidad, por lo que una adecuada política de precios gubernamental permitiría amortiguar y/o congelar los precios, fundamentalmente en el sector privado, quienes en ocasiones crean un desconcierto en la población en cuanto a precios, esto debe hacerse sin perjudicar y mucho menos minimizar el trabajo por cuenta propia que tanta falta le hace a la economía cubana. Esta política de precios también debe ser extendida al sector estatal.
El gran problema de los bajos salarios provoca también éxodo de trabajadores del sector estatal, quienes deciden emigrar laboralmente al sector privado o por cuenta propia ya que en este sector la retribución salarial es muy superior a la del sector estatal. Esta emigración laboral se da mayormente en sectores de la economía que son determinantes dentro de la sociedad como son educación, agricultura, salud, construcción, entre otras. 
A continuación mostramos los artículos que, dentro del proyecto constitución hacen mención o referencia al componente económico: 
ARTÍCULO 20: En la República de Cuba rige el sistema de economía basado en la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción, como forma de propiedad principal, y la dirección planificada de la economía, que considera y regula el mercado, en función de los intereses de la sociedad. 
ARTÍCULO 21: inciso b: Se reconoce entre las formas de propiedad la cooperativa: la sustentada en el trabajo colectivo de sus socios propietarios y en el ejercicio efectivo de los principios del cooperativismo. 
ARTÍCULO 26: La empresa estatal socialista es el sujeto principal de la economía nacional. Dispone de autonomía en la administración y gestión, así como desempeña el papel principal en la producción de bienes y servicios. La ley regula los principios de organización y funcionamiento de la empresa estatal socialista. 
ARTÍCULO 31: El trabajo es un valor primordial de nuestra sociedad. Constituye un deber, un derecho y un motivo de honor de todas las personas en condiciones de trabajar. Es, además, la fuente principal de ingresos que sustenta la realización de los proyectos individuales, colectivos y sociales. La distribución de la riqueza con arreglo al trabajo aportado, se complementa con la satisfacción equitativa de los servicios sociales universales y otros beneficios. 

Bibliografía: 

1. ¿Cuál es la Constitución vigente más antigua del mundo? Consultado el 27 de febrero de 2018. Disponible en: www.defensacentral.com/ustedpregunta/categoria/historia/cual-es-la-constitucion-vigente-mas-antigua-del-mundo/
2. ¿Cuál fue la primera constitución? Consultado el 04 de septiembre de 2018. Disponible en: www.saberia.com/cual-fue-la-primera-constitucion/
3. González. L. (2018) Consultado el 14 de marzo. Disponible en: www.animalpolitico.com/blogueros-phronesis/2016/02/29/para-que-sirve-una-constitucion/
4. Hace 204 años se promulgó la primera Constitución de América Latina en Venezuela. Consultado el 26 de enero de 2018. Disponible en: www.conelmazodando.com.ve/hace-204-anos-se-promulgo-la-primera-constitucion-de-america-latina-en-venezuela
5. Historia del constitucionalismo en Cuba. Consultado el 24 de agosto de 2018. Disponible en: www.es.wikipedia.org/wiki/Historia_del_constitucionalismo_cubano
6. Merencio, JL. La economía en la letra de la Carta Magna y la voz del pueblo. Consultado el 14 de septiembre de 2018. Disponible en: www.granma.cu/reforma-constitucional/2018-08-27/la-economia-en-la-letra-de-la-carta-magna-y-la-voz-del-pueblo-27-08-2018-20-08-12
7. Torrado, R. 1976: a cuatro décadas de la Constitución Socialista. Consultado el 26 de marzo de 2018. Disponible en: www.bohemia.cu/historia/2016/02/1976-a-cuatro-decadas-de-la-constitucion-socialista/